Opción 1.
Vd. nos encomienda el cobro periódico de la renta; en caso de impago, le avisaremos en el plazo y forma prevista en el contrato, dando parte a nuestros profesionales para que comiencen el procedimiento de reclamación. Si la reclamación, por los procedimientos legales establecidos, es infructuosa, le abonamos por transferencia el importe del alquiler mientras prosiguen los trámites con el arrendatario moroso.
En esta Opción, el contrato es de carácter anual debiendo abonar el cliente un porcentaje de entre un 3,7 y el 6% de la renta anual del contrato de arrendamiento, en función del riesgo que nuestro equipo financiero dictamine.
El Arrendador deberá abonar, además del importe anterior, una cuantía de 9,00€ más IVA en concepto de gestión de cobro.
Opción 2.
Impago sobrevenido, debe de avisarnos escribiendo a nuestro abogado. En los plazos legales previstos, nuestros profesionales efectuarán los trámites oportunos para efectuar la reclamación y cobro de la cantidad adeudada.
Principales coberturas
DEFENSA JURÍDICA
Ofrecemos una cobertura de la defensa jurídica sin límite de costes.
GARANTÍA DE COBRO
Garantizamos el cobro de su alquiler hasta el momento de la recuperación de su vivienda.
ASESORAMIENTO LEGAL
Asesoramiento legal por parte de nuestro expertos para resolver todas sus dudas.